Áñez señala que la Ley 1315 no dice ‘nada del incumplimiento de porcentaje de votos obtenidos’ en las últimas elecciones
"Rechazo las calumnias del vocal electoral Tahuichi Tahuichi y lo insto a cumplir su deber de sancionar a los partidos ilegales a los que Uds. lanzan salvavidas", dijo Áñez.

La expresidenta transitoria Jeanine Áñez aclaró este viernes que la Ley 1315 no señala “absolutamente nada del incumplimiento del porcentaje de votos obtenidos en los comicios” ni “el ‘salvataje’ fuera del 31 de diciembre de 2021”, este último sobre la adecuación de estatutos de partidos políticos.
El debate surgió luego que el activista cruceño Rafael Hurtado presentó un recurso ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para eliminar las siglas de los partidos Frente Para la Victoria (FPV) y Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol) porque no lograron alcanzar el 3% del total de votación en las elecciones generales de 2020.
En las elecciones generales de ese año, el FPV alcanzó 95.255 votos que representa el 1,55% del total de votos válidos. En tanto, Pan-Bol obtuvo 31.795 votos, que es el 0,52%.
Las declaraciones de la exmandataria surgen luego que el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tahuichi Tahuichi, indicó que la Ley 1315 levantó la suspensión para que todas las fuerzas políticas que no obtuvieran el 3% del total de votos válidos en la última elección no perderían la personería jurídica.
“El año 2020 hubo la Ley 1315 excepcional, en su disposición adicional única señala que para ese proceso electoral de manera excepcional no se tomaría en cuenta el artículo 58 de la Ley 1096 (de Partidos Políticos), que señala que no se va a tomar en cuenta ese 3%”, explicó el vocal electoral a radio Éxito.
Tahuichi indicó que esa ley excepcional salvó a “varios” partidos políticos de ser cancelados en su personería jurídica.
El artículo 58, de la Ley 1096, en su parágrafo I, inciso b, establece el Tribunal Electoral cancelará la personalidad jurídica de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas al “no haber obtenido al menos el tres por ciento (3%) del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron”.
“Rechazo las calumnias del vocal electoral Tahuichi Tahuichi y lo insto a cumplir su deber de sancionar a los partidos ilegales a los que Uds. lanzan salvavidas, a garantizar unas elecciones generales 2025 transparentes, con TREP 100% funcionando, padrón electoral saneado, candidatos y candidatas 100% habilitados por la Constitución a participar en su pleno derecho, de que habrá debate obligatorio y participación equitativa de hombres y mujeres”, escribió Áñez en sus redes sociales.
Además, aclaró que la Ley 1315, de 2020, fue promulgada para garantizar las elecciones del 18 de octubre de 2020, “plazo máximo para su realización a pesar de la terrible pandemia que afrontaba el mundo y el país”.
A ello, indicó que en su artículo 1, la Ley 1315 modifica la Ley 1297 de 30 de abril de 2020, ley que postergaba las elecciones generales de 2020 por el COVID, y la cual a su vez fue modificada por la Ley Nº 1304 de 21 de junio de 2020 por el mismo motivo.
“En su Disposición Adicional Única, la Ley 1315 modifica la Ley Nº 1096 de 2018 textualmente señalando que ‘Todas las organizaciones políticas deberán adecuar sus Estatutos a las disposiciones de la presente ley hasta el 31 de diciembre de 2021; una vez que se adecúen los estatutos se aplicarán las sanciones establecidas por el artículo 58 de la presente ley” (sic), explicó Áñez
Reiteró que “no dice absolutamente nada del incumplimiento del porcentaje de votos obtenidos en los comicios ni ‘salvataje’ fuera del 31 de diciembre de 2021 y por razón estatutaria”.
También afirmó que, desde el 31 de diciembre de 2021, “es responsabilidad del Tribunal Supremo Electoral cumplir y hacer cumplir la normativa referida a la legitimidad y la legalidad de los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas, a menos que el gobierno del MAS hubiera modificado a su favor esa ley”.
Fuente: La Razón
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