Sociedad

La Paz: Siete deberes ciudadanos son determinados en la Ley Municipal de corresponsabilidad ciudadana

La norma vigente, establece además medidas preventivas y de protección cuyo cumplimiento es obligatorio de parte de la población.

La Ley Municipal de Regulación de la cuarentena dinámica condicionada y de corresponsabilidad ciudadana para evitar la propagación y contagio del COVID-19 en el municipio de La Paz, instaura siete deberes ciudadanos enmarcados en la corresponsabilidad.

La norma, aprobada en el Concejo Municipal el pasado 26 de mayo y promulgada por el Alcalde Luis Revilla, promueve la corresponsabilidad ciudadana en acciones de resguardo y protección de la vida y la salud en la convivencia en comunidad durante la cuarentena condicionada dinámica.

Los siete deberes ciudadanos determinados en el artículo 10 de la referida ley son:

  1. Cumplir todas las medidas de bioseguridad, difundidas a través de los medios oficiales, durante el desarrollo de sus actividades.
  2. Cumplir los horarios de tránsito según lo establecido en la normativa nacional y municipal vigente.
  3. Transitar para lo estrictamente necesario.
  4. Respetar y cumplir las normas establecidas por los distintos niveles de gobierno, en el marco de la prevención y protección de la vida y la salud.
  5. Dar prioridad de atención y protección a las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, personas que tienen enfermedad de base, personas con discapacidad y mujeres gestantes o en periodo de lactancia.
  6. Acceder y difundir información veraz y oportuna sobre e COVID-19 y su desarrollo.
  7. Buscar información en los medios oficiales para conocer las medidas de bioseguridad que le permita ser un ciudadano responsable en tiempos del COVID-19.

La norma de 18 artículos, cuatro disposiciones adicionales y tres disposiciones finales, instaura además medidas de prevención primaria y procedimientos individuales de seguridad y salubridad, que todas las personas que habitan el municipio, deben cumplir de manera obligatoria.

“Lavado frecuente de manos, uso de barbijo obligatorio, cobertura de la boca y nariz al toser o estornudar, mantener el distanciamiento físico, evitar el saludo con contacto físico, evitar tocarse la cara, sobre todo ojos, nariz y boca”, son algunos de los preceptos señalados en el artículo 11 de la referida ley.

La disposición municipal señala también medidas obligatorias que aquellos ciudadanos que han estado en contacto con un caso positivo o presentan síntomas de COVID-19, deben asumir de manera obligatoria.

“Personas que han tenido contacto con alguna persona reportada como positiva o tenga síntomas leves a moderados, deben entrar en aislamiento voluntario por el lapso de 14 días en los lugares determinados por las autoridades competentes. Personas que tengan síntomas deben tomar contacto inmediato con el teléfono de atención 800-10-1104 para seguir el protocolo de atención” establece el artículo 12 de la Ley edil.

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