Clases: conozca sobre pensiones, uniformes, horarios y 8 puntos más
Se incluyen también los 200 días de clases, vacaciones y otros. La Resolución Ministerial 0001/2025 establece las normas generales para la gestión.

Los 200 días de clases, las inscripciones excepcionales, el horario de invierno, el descanso pedagógico, la bioseguridad, actividades por el Bicentenario, el uniforme, las pensiones en los colegios privados y el servicio militar, entre otros, son aspectos considerados en la normativa del sistema educativo.
En estos días, en diferentes zonas de Cochabamba, los padres de familia y tutores acuden a los establecimientos educativos para la inscripción de niños y adolescentes. Las clases comienzan el próximo lunes, 3 de febrero.
La Resolución Ministerial 0001/2025 de normas generales para la Gestión Educativa 2025 incluye al Subsistema de Educación Regular, al Subsistema de Educación Alternativa y Especial y al Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional – Técnica, Tecnológica y Artística.
La inscripción: el periodo de inscripción comenzó el 20 de enero y concluye mañana, 24. Los estudiantes nuevos fueron inscritos hasta el 21 de enero.
Los estudiantes que cambian de unidad educativa son inscritos hoy y mañana.
Los directores de unidades educativas son responsables de garantizar la transparencia del proceso de inscripción a unidades educativas. En caso de evidenciarse actos irregulares en el proceso, los autores serán pasibles a sanción conforme a normativa vigente.
Entretanto, la inscripción de los estudiantes antiguos para el año de escolaridad que les corresponde en la misma unidad educativa es automática, debiendo ser ratificada con la presencia física del estudiante en la primera semana de clases en el área urbana y provincial; mientras que, en el área rural, lugares alejados y de difícil acceso, será hasta el 14 de febrero.
Es responsabilidad del director de la unidad educativa confirmar la inscripción del estudiante, quien deberá verificar el Formulario del Registro Único de Estudiantes (RUDE) en la plataforma académica sie.gob.bo.
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Inscripciones excepcionales: los directores de unidades educativas deberán atender de manera prioritaria a los estudiantes en situación de desventaja social o vulnerabilidad, realizando un informe del estado de situación del estudiante, conforme a conducto regular. Para estos casos, la inscripción será durante toda la gestión educativa y sin discriminación, según normativa.
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Los 200 días de clases: la gestión curricular comprende 200 días hábiles, divididos en tres trimestres, desde el 3 de febrero hasta el 0 de diciembre.
El artículo 4 de la Resolución establece los 200 días hábiles trabajados para el desarrollo y evaluación curricular, organizados en tres trimestres, bajo las modalidades de atención educativa para los niveles de educación Inicial en Familia Comunitaria, Primaria Comunitaria Vocacional y Secundaria Comunitaria Productiva.
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Horario de invierno: el horario de invierno se programará de acuerdo con las características meteorológicas y climáticas, así como el comportamiento epidemiológico de cada región. Las direcciones departamentales de Educación, las direcciones distritales educativas, en coordinación con el Ministerio de Educación y las instituciones correspondientes, establecerán el horario pertinente, priorizando la salud y el bienestar de los estudiantes.
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Vacaciones de invierno: la norma establece que el día lunes 07 de julio de este 2025 iniciará el descanso pedagógico y tendrá una duración de dos semanas hábiles. Esta programación será definida por las direcciones departamentales de educación, en coordinación con el Ministerio de Educación, a través de las instancias correspondientes, y previo informe del Ministerio de Salud y Deportes y del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi).
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La bioseguridad: la resolución educativa determina que las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio del Subsistema de Educación Regular deberán aplicar el protocolo de bioseguridad para la prevención de infecciones respiratorias agudas y evitar brotes epidémicos.
“En caso de periodo de epidemia o aumento de casos por cualquier enfermedad, la unidad educativa no debe exigir el certificado médico a los estudiantes para justificar la inasistencia escolar por un tema epidemiológico”.
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Actividades por el Bicentenario: en el marco del Plan para el Bicentenario del Ministerio de Educación se desarrollarán, conforme a convocatoria pública, actividades como las Escuelas Abiertas del Bicentenario, Olimpiadas del Saber Histórico Rumbo al Bicentenario y el Concurso de Producción de Textos “Escribiendo cuentos desde mi comunidad”.
8
El uniforme: el uso del uniforme en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio no es obligatorio, no siendo impedimento para el ingreso a clases y otras actividades dentro de la unidad educativa.
Las autoridades establecieron que está prohibida la exigencia de compra de uniformes y materiales escolares de un lugar determinado o exclusivo; “sin embargo, por consenso en asamblea de padres, madres, tutores y estudiantes, se puede optar por el uso de uniforme”.
Además, se debe respetar la vestimenta de los estudiantes de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos y afrobolivianos.
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Pensiones en privadas: la normativa sostiene que, con el fin de proteger el derecho a la educación y salvaguardar la economía de las familias, se establece que para la Gestión Educativa 2025 no existirá incremento en las pensiones de las unidades educativas privadas del Subsistema de Educación Regular.
“Las unidades educativas privadas tienen prohibido realizar cualquier cobro adicional a las 10 pensiones anuales, ya sea por reserva de plaza, matrícula o derecho de inscripción, material educativo y gastos administrativos u otros”, sostiene la norma.
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Ni suspensión ni expulsión: el Artículo 94 expone que en unidades educativas privadas está prohibido suspender, expulsar y excluir a estudiantes de clases, evaluaciones o de cualquier actividad curricular, por retraso en el pago de pensiones por parte de su madre, padre o tutor.
“En caso de que la unidad educativa privada no entregue la libreta escolar electrónica, la dirección distrital educativa, previa verificación del incumplimiento, podrá emitir la misma y procederá a la sanción respectiva”.
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El servicio militar: Las direcciones distritales educativas y directores de unidades educativas coordinarán con las unidades militares de su región las acciones necesarias para los estudiantes que realizan el servicio premilitar, sin la interferencia en su asistencia regular al desarrollo curricular; por tanto, deberán considerar las actividades educativas en la unidad educativa y en la unidad militar.
Fuente: Opinión
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