La consulta previa, desde la visión de los indígenas
Respuesta ante las múltiples falencias en la aplicación de la consulta previa a las naciones indígenas

Ante las múltiples falencias en la aplicación de la consulta previa a las naciones indígenas que habitan un determinado territorio y que debe realizarse antes de ejecutar obras, proyectos o brindar concesiones allí, tal como manda la Constitución Política del Estado (CPE), la Central de Comunidades Indígenas Tacana II Río Madre de Dios (Citrmd) elaboró un protocolo para el desarrollo adecuado de este requisito de carácter fundamental.
En distintas oportunidades, pueblos indígenas han observado que la denominada consulta previa que establece la CPE, siendo respaldada además por normativas internacionales, y que debe pasar por las fases de información y consulta, deja de lado lo más importante que es el consentimiento de toda la nación del área afectada, limitándose en ocasiones al visto bueno de tres o cinco comunarios y alguno que otro dirigente.
“Ese es el punto base que estamos cuestionando, porque si bien todo el mundo reconoce que hay un derecho a la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas, lo que no hay es un criterio uniforme de cómo hacerlo, entonces aquí cada proyecto, quien lo promueve es quien tiene sus normas de consulta, él hace la consulta en base a sus criterios, en base a sus normas y procedimientos”, se refirió Alcides Vadillo, director de la Fundación Tierra en Santa Cruz.
El especialista cruceño ejemplificó que, en el caso de un proyecto de hidrocarburos, la consulta la hace YPFB, el Ministerio de Hidrocarburos y tienen sus decretos y resoluciones en base a las cuales cuentan inclusive con normas que fijan niveles de compensación si es que ello procede. Lo mismo sucede en el caso de estructuras viales, pues las carreteras las promueve la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), lo cual también ocurre con la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE).
“Y eso puede ser con el tema minero que es uno de los temas más sensibles en este momento, donde la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) hace la consulta en base a la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia, primero, y esa ley de Minería establece que no hay consulta en la fase de exploración, solo en la de explotación, y muchas actividades mineras se camuflan como exploración cuando están haciendo ya una actividad de explotación…”, observó Vadillo.
PRESENTACIÓN
El protocolo de consulta fue presentado en un evento al efecto, convocado por la Central de Pueblos Indígenas de La Paz (Cpilap) y que se desarrolló esta semana en los espacios de la Fundación Patiño, con la presencia de ambientalistas, autoridades de pueblos indígenas e inclusive autoridades del Gobierno central.
El evento tuvo como objetivo analizar la aplicabilidad de los protocolos de consulta a partir de la experiencia del territorio indígena Tacana II, como herramientas capaces de evitar conflictos y promover una relación respetuosa entre el Gobierno y los pueblos indígenas.
ART. 30 DE LA CPE
De acuerdo con la CPE, las naciones y pueblos indígena originario campesinos gozan del derecho a ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles.
“Ejerciendo nuestra autodeterminación”
La propuesta de protocolo lleva como subtítulo “Ejerciendo nuestra autodeterminación” y cuenta con cinco partes subdivididas en puntos respectivos: Quiénes somos; Normas que respaldan nuestros derechos indígenas; Alcance de nuestro protocolo; Cómo desarrollamos nuestra consulta; Pueblos indígenas en estado de aislamiento, además de mapas y fotografías, todo ello precedido por un acta de aprobación de la Central de Comunidades Indígenas Tacana II, Río Madre de Dios y firmada por todas las comunidades y autoridades que integran a esa organización.
En el marco normativo (Parte II), el protocolo cita al derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas, establecido en el Pacto sobre Derechos Sociales y Políticos de 23 de marzo de 1976, al artículo 3 de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, asimismo a la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (OEA) de 2016 en su artículo III, el artículo 2 de la CPE del Estado Plurinacional de Bolivia, el artículo 7.1 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como otras normativas tanto nacionales como internacionales que refrendan la consulta previa.
“Territorio tacana está cuadriculado sin su conocimiento”
Rolando Salvatierra, quien viene de la comunidad Puerto Pérez de la TCO Tacana II del Río Madre de Dios y representante de esa nación indígena, consideró que el protocolo que elaboraron es una herramienta para el Estado e inclusive esperan que se convierta en una ley.
Recordó que ellos han sufrido y sufren invasiones del extractivismo minero, de colonizadores, empresas petroleras y madereras, por lo cual elaboraron este protocolo que busca restringir el ingreso a sus territorios si no se realiza una consulta libre, previa e informada.
“Realmente las cuadrículas mineras no nos han tomado consulta, lo mismo están dando así, nosotros desconocemos, nunca nos dijeron que va a entrar una empresa minera o esto, el territorio está cuadriculado sin una previa consulta libre e informada, no sabemos nada, entonces por eso nosotros con el Gobierno tenemos que sentarnos para que no se entren a nuestros territorios porque nos está afectando tanto…”
De la misma manera, el dirigente indígena dijo que entre un 70% y 75% del territorio tacana, compuesto por aproximadamente 274 mil hectáreas, está cuadriculado sin su conocimiento. Gran parte fue avasallado por la actividad minera.
“En este momento las amenazas que tenemos son de las actividades hidrocarburíferas como la actividad sísmica, la exploración, otra que ya están las cuadrículas mineras y la otra que es el tema carretero que también es una amenaza grande para dividir el territorio como ha pasado en el Tipnis”, remarcó.
¿QUÉ DIJO EL GOBIERNO?
El evento contó con la presencia de Iván Bascopé, de la creada en septiembre de 2022 Dirección General de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios (Digepio), quien al relievar el protocolo de consulta elaborado por la nación tacana, estimó que una consulta puede tener facetas negativas si se opone a determinados proyectos sin contar con información suficiente respecto a los aspectos económicos como beneficios y regalías.
El argumento esgrimido por el funcionario gubernamental fue observado por los presentes, quienes consideraron que en caso de que un proyecto determinado provoque daños a los ecosistemas, a los bosques, a los acuíferos, a la biodiversidad y a la salud de las personas, en este caso pueblos indígenas, merece ser rechazado ya que la consulta previa tiene como razón de ser el consentimiento de los pueblos para garantizar que las decisiones empresariales o estatales no afecten esas comunidades, ni por supuesto, a nada ni a nadie.
Fuente: Correo del Sur
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